Columna de opinión: Cambio en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Asociación de Empresas Consultoras de Ingeniería de Chile A.G

Necesidades de adaptarse para estar a la altura de los nuevos tiempos
Desde el advenimiento de la democracia, en el año 1992 se implementó el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el cual ha permitido evaluar a 1.306 Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y 22.594 Declaración de Impacto Ambiental (DIA) (datos extraídos desde el SEIA), todos proyectos pertenecientes a un listado tipificado que define ex ante si se produce impacto ambiental.
Un sistema reglado como el SEIA ha permitido evaluar proyectos durante 30 años, donde sus externalidades ambientales de mayor prevalencia a partir del cambio de siglo suelen generar necesidades de mejora al sistema por la profunda sensibilidad social que crean, pero suelen ser una menor parte respecto a lo evaluado, donde a la fecha el INDH informa 128 conflictos, de los cuales 24 ya están cerrados.
Sin embargo, existen algunas problemáticas evidentes que resulta necesario evaluar ante la proposición de reformas legales y/o cambios reglamentarios.
En primer lugar, la forma de ingreso ha estado en controversia, tanto por la sociedad civil como por la Justicia Chilena, donde se ha ido comprendiendo que el listado no se actualiza adecuadamente en el tiempo y que ciertas dimensiones industriales dejan fuera del sistema a proyectos que pueden causar impacto.
A nivel legal resulta recomendable fortalecer la figura de pertinencia de ingreso para que se evalúen de manera preliminar proyectos que puedan provocar algún tipo de impacto ambiental y que por dimensiones no ingresan al SEIA. En materia reglamentaria, resulta necesario tomar una medida conservadora y disminuir los umbrales de ingreso de proyectos, como en el caso del sector forestal, sanitario, entre otros.
La gran asimetría entre la forma de presentación (DIA/EIA) equivalente a 17 veces, es analizada en diversos artículos científicos, donde plantean que esta puede corresponder a una debilidad del sistema para la conservación de biodiversidad del país, ya que no se asume el impacto sobre el medio ambiente adecuadamente y tampoco se establece las respectiva medidas de mitigación, restauración y/o compensación que la Ley N° 19.300 establece, donde conflictos socio ambientales recientes nos están dejando en evidencia el citado efecto.
En este contexto, resulta necesario disminuir esta asimetría, equilibrándola en función de una adecuada caracterización y evaluación de impactos, por lo que se propone un cambio reglamentario con el objetivo definir por parte de la autoridad ambiental metodologías de evaluación y establecer parámetros más estrictos para la misma. Además, de clarificar y profundizar lo relativo a elaboración de líneas de base, no sólo definiendo que componentes se deben caracterizar, sino definir exigencias metodológicas claras para su elaboración, donde el concepto de área de influencia sea clarificado y ampliado.
La participación ciudadana es clave, donde se debe ampliar y mejorar su alcance. De esta manera, se propone realizar cambios legales en pro de incrementar la participación ciudadana permanente y responsabilidad del SEA en la adecuada ponderación y respuesta. Por otra parte, a nivel reglamentario es necesario ampliar los proyectos con carga ambiental e incluir herramientas y medios que permitan comprender adecuadamente los proyectos por parte de la comunidad.
El concepto de gradualidad con que se instauro el SEIA, permitió incorporar siempre un componente político de carácter decisional final respecto a la evaluación técnica ambiental. Sin embargo, con la llegada de la nueva Institucionalidad Ambiental se comprende que los procesos de evaluación se encuentran garantizados para todos los actores. De esta manera, proponemos eliminar las instancias políticas como el Comité de Ministros y Comisión de Evaluación, permitiendo que el procedimiento reglado sea liderado por el SEA
Se recomienda mejorar el registro de consultores y convertirlo en un instrumento obligatorio, con deberes y derechos, en ese sentido, el SEA juega un rol importante para lograr esta medida. Desde la perspectiva del rol de las empresas consultoras ambientales que elaboran estudios, el mejorar y promover las instancias de comunicación resulta clave para el éxito de la tarea, y el aporte de las misma es necesario para la definición de estándares técnicos que permitan mejorar la evaluación del impacto, teniendo un proceso más expedito y eficiente para el beneficio de mejores proyectos que beneficien a la comunidad.
Un punto relevante para considerar es el rol de las consultoras ambientales que elaboran los estudios, donde a la fecha se cuenta con un registro que no se conoce y utiliza, donde la falta de instancia de comunicación con quienes son la parte clave del proceso resulta incomprensible. Al respecto, a nivel legal se recomienda mejorar el registro de consultores y convertirlo en un instrumento obligatorio, con deberes y derechos. En lo reglamentario, hoy es posible mejorar el registro existente, establecer mayores condiciones, donde el SEA es clave en incentivarlo. Pero, también es relevante la participación de las consultoras en el apoyo a definición de estándares técnicos que permitan mejorar la evaluación de impacto.
Comprendemos que estas propuestas son pocas respecto a muchas necesidades existentes, pero es un punto de partida para la discusión de un sistema que, como todo en la vida, debe mejorar y evolucionar.

Rodrigo Azolas P.,
Director AG de Empresas Consultoras de Ingeniería de Chile – AIC-
aic@aic.cl

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