Columna de Interés Técnico: Ley N°21.202 modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos

Asociación de Empresas Consultoras de Ingeniería de Chile A.G

Felipe Leiva (LLM in Energy and Environmental Law ) / Abogado colaborador de Econativa Consultores 

Ha pasado un año desde que, con fecha 23 de enero de 2020 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.202 que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos (Ley 21.202). Según este cuerpo legal, los humedales urbanos serán declarados por el Ministerio de Medio Ambiente (MMA) o a petición del Municipio respectivo. Asimismo, la Ley 21.202 otorga a las Municipalidades la facultad de postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados y las mandata a elaborar Ordenanzas generales que establezcan “los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos” según las disposiciones del Reglamento dictado al efecto. Dicho Reglamento fue publicado en el Diario Oficial del 24 de noviembre de 2020.

Junto con estas relevantes disposiciones, la Ley N° 21.202 también modifica el literal p) del artículo 10 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, agregando a los Humedales Urbanos a las “áreas colocadas bajo protección oficial” y creando un nuevo literal s) donde novedosamente se incorpora como tipología de ingreso la ejecución de obras o actividades que puedan afectar física o químicamente a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de los humedales urbanos y que implican una serie de presupuestos que implican un análisis específico de los efectos o impactos ambientales en los humedales urbanos, sin consideración a su superficie o si las obras o actividades se realizan exclusivamente dentro de estos humedales. Esta técnica regulatoria toma distancia de la regla general del artículo 10 de la Ley 19.300 donde se atiende principalmente a la magnitud del proyecto o actividad o su emplazamiento en áreas colocadas bajo protección oficial y responde derechamente a lo que podríamos denominar “ingreso al SEIA por impacto”.

A nuestro juicio, la regulación sobre humedales urbanos constituye un importante esfuerzo legislativo y reglamentario que contribuye en gran forma a la protección de cuerpos de agua tan relevantes como los humedales, incorporando intensamente criterios científicos de sustentabilidad y variables ambientales que los actores económicos, sociales y políticos deben respetar al adoptar decisiones que afecten a los humedales. Es de esperar que las complejidades de su aplicación no conspiren contra la urgente e insoslayable protección de esos valiosos ecosistemas.

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