Columna de Interés Técnico: Evolución Ambiental de la Minería

Asociación de Empresas Consultoras de Ingeniería de Chile A.G

Pamela Pizarro Tapia, Jefe de Proyectos – MYMA Ltda.

Hace 26 años entró en vigencia la Ley General de Bases del Medio Ambiente, y tres años después su Reglamento, con lo que se estableció en el país el marco general para evaluar ambientalmente los proyectos de inversión.

La nueva normativa llegó con una mirada global, integrando las competencias ambientales de diferentes servicios del Estado, tales como el SAG, CONAF y la Seremi de Salud, entre otros. De esta manera, como foco de atención no se consideró sólo la salud humana, sino también la protección del suelo, flora, fauna, cursos de agua, borde costero y otros componentes.

La normativa señalada permitió el comienzo de un mejor análisis de los posibles impactos de los proyectos de inversión, y que se mirara con una mayor conciencia, los residuos y pasivos ambientales producidos en el pasado por la minería y otras industrias y actividades económicas. Así nacieron, además, en distintas casas de estudios, nuevas carreras profesionales con una mirada universal que persigue la protección del medio ambiente para las futuras generaciones.

Desde entonces el  tema medio ambiental ha avanzado con la creación de nuevas ordenanzas, leyes, reglamentos y resoluciones. Fueron creados, además, el Servicio de Evaluación Ambiental que vino a reemplazar la anterior Conama; el Ministerio del Medio Ambiente y sus respectivas secretarías regionales, y la Superintendencia del Medio Ambiente.

En este contexto, la industria minera se ha desarrollado destinando importantes recursos para responder de manera innovadora las crecientes exigencias ambientales. Hoy en día forma parte integral de la actividad minera preocuparse de temas tan variados como el efecto de la luminosidad en una determinada faena minera sobre la avifauna, o la protección de sitios arqueológicos, del efecto sobre paisaje o sobre organismos como los líquenes, entre muchos otros aspectos, lo que era impensado considerar hace 50 años.

Y la preocupación también incluye cuidar que las áreas intervenidas por la minería no generen con posterioridad impactos en la salud de las personas y en el medio ambiente. De esta manera, ninguna operación minera puede desarrollarse sin aprobar previamente su Plan de Cierre, de acuerdo con lo que regula la Ley y Reglamento sobre el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras.

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