• Titulo II: Responsabilidad hacia la Sociedad.
• Titulo III: Responsabilidad hacia los Clientes.
• Titulo IV: Responsabilidad hacia la Consultoría.
• Titulo V: Responsabilidad Laboral.
TITULO I
INTRODUCCIÓN
El presente Código de Conducta establece los principios éticos y de responsabilidad social que rigen el ejercicio de todas las actividades de ingeniería y las relaciones entre las empresas afiliadas a la Asociación de Empresas Consultoras de Ingeniería de Chile A.G., AIC. Este Código de Conducta no reemplaza las normas de ética que establece el artículo N°43 de los Estatutos de la AIC, sino que los complementa, haciendo más clara y explícita su aplicación.
TITULO II
RESPONSABILIDAD HACIA LA SOCIEDAD
Responsabilidad Social
La AIC reconoce y ratifica que la consultoría en ingeniería es una actividad de vital importancia para lograr el desarrollo sustentable de la sociedad, el mejoramiento de la calidad de vida y la conservación del medio ambiente. Se valora la existencia de un programa de Responsabilidad Social Empresarial en las empresas asociadas. Es deber de las Empresas de Ingeniería afiliadas mejorar permanentemente sus conocimientos y habilidades, correspondiendo a la sociedad respetar su integridad, confiar en los criterios y resultados de los trabajos de consultoría y reconocer remuneraciones justas.
Las Empresas de Ingeniería aceptan la responsabilidad de sus servicios ante los clientes y ante la Sociedad, por lo que deben actuar buscando siempre las mejores soluciones técnicas, que sean compatibles con la realidad social y económica del medio en que éstas se aplicarán, propendiendo al mejoramiento de dicho medio.
Las Empresas de Ingeniería se ajustarán en su ejercicio profesional a principios de respeto por la legislación y normativa vigentes, honestidad y lealtad en sus relaciones con sus clientes, asociados, colaboradores y subalternos. Estos mismos principios regirán las relaciones entre empresas socias de la AIC en lo que sean aplicables.
Independencia de Criterio
Las Empresas de Ingeniería pueden cumplir diversos roles en su relación con el cliente, cada rol debe ser identificado claramente, cumplido cabalmente y los eventuales conflictos de interés deben ser explicitados tempranamente, siendo imparciales al proporcionar la asesoría, los criterios o decisiones. No se debe aceptar remuneración ni influencia indebida alguna que pueda afectar su independencia de criterio.
Calidad Profesional de los Trabajos
En la prestación de cualquier servicio la Empresa de Ingeniería deberá privilegiar la integridad y calidad de su trabajo, por lo que siempre tendrá presentes las disposiciones normativas de la ingeniería que sean aplicables en sus intervenciones. Actuará asimismo con la intención, el cuidado y la diligencia que la responsabilidad y prudencia aconsejen, buscando en todo momento satisfacer los requerimientos del cliente y apoyar la dignidad, la estatura y la reputación de la ingeniería.
Calificaciones Profesionales
Las Empresas de Ingeniería sólo podrán ofrecer y prestar sus servicios en áreas en las que posean los recursos profesionales y materiales para proporcionar prestaciones eficientes y efectivas. Deben mantener, actualizar y mejorar sus conocimientos y habilidades en niveles consistentes con el desarrollo tecnológico, la innovación, la legislación y las realidades del medio, haciendo extensivo a sus clientes los beneficios de esos logros.
Salud y Seguridad de las Personas
Las Empresas de Ingeniería tendrán presente que sus intervenciones deberán cumplir siempre con las normas vigentes y las mejores prácticas para asegurar que, en sus estudios, diseños o recomendaciones, se vele por la salud y seguridad de los usuarios y del público en general, así como de sus ejecutores, constructores y operadores. La seguridad del personal de toda empresa de AIC será siempre factor primordial de atención para el desarrollo de los servicios.
Medio Ambiente
Las Empresas de Ingeniería se comprometen al cumplimiento de las normas ambientales vigentes y los compromisos acordados con la autoridad, de modo de asegurar que sus intervenciones y las de sus trabajadores sean respetuosas con la comunidad y con el medio ambiente.
TITULO III
RESPONSABILIDAD HACIA LOS CLIENTES
Integridad
Las Empresas de Ingeniería se ajustarán en su ejercicio profesional a principios de ética, legalidad, honestidad profesional, integridad, objetividad, imparcialidad, diligencia y lealtad en sus relaciones con sus clientes, asociados y colaboradores.
Las Empresas de Ingeniería no ofrecerán, no darán ni recibirán comisiones o remuneraciones indebidas, ni utilizarán patrocinios o influencias ajenas a la profesión, con el objeto de obtener encargos contractuales, o de crearse situaciones de privilegio en su actuación, ni aceptarán compensación alguna de terceros por los servicios prestados al cliente que no correspondan a los honorarios profesionales convenidos con este último.
Las Empresas de Ingeniería deben realizar su trabajo y emitir su opinión con estricto apego a las normas y principios técnicos de su especialidad, sin permitir que intereses extraños al objeto de la consultoría, sean éstos propios, de su cliente o de terceros, influyan en sus recomendaciones, informes o conclusiones.
Confidencialidad
Las Empresas de Ingeniería guardarán estricta reserva acerca de cualquier información proporcionada por el cliente, así como de los resultados de los estudios que realice, salvo que estos sean de conocimiento público o se cuente con expresa autorización del cliente para darlos a conocer.
Enfoque del Servicio al Cliente
Las Empresas de Ingeniería actuarán en todo momento en beneficio mutuo con el cliente, buscando la satisfacción del mismo mediante la entrega de productos o servicios que cumplan los requisitos acordados y agreguen valor al negocio del cliente.
Calidad del Servicio
Las Empresas de Ingeniería se comprometen a cumplir a cabalidad los alcances establecidos en los contratos que suscriban y a proporcionar servicios de calidad a sus clientes, considerando la gestión de calidad como método de trabajo y la mejora continua como el medio para incrementar la calidad del servicio.
TITULO IV
RESPONSABILIDAD HACIA LA CONSULTORÍA
Respecto a las Empresas Competidoras
Las Empresas de Ingeniería no tratarán de suplantar a otra empresa en contratos ya concedidos, ni asumirán sus funciones a menos que ésta lo autorice, o cuando el cliente hubiera terminado formalmente sus relaciones con la primera o haya declarado su pérdida de confianza.
Las Empresas de Ingeniería no afectarán en forma falsa o maliciosa la reputación profesional, las perspectivas de trabajo o las actividades de otras empresas consultoras.
Dignificación de la Imagen
Las Empresas de Ingeniería actuarán siempre promoviendo el honor, la dignidad y la integridad de la consultoría en ingeniería, fortaleciendo y difundiendo sus actividades gremiales.
Sana Competencia y Colaboración
Las Empresas de Ingeniería sólo se atribuirán ideas, estudios, resultados y experiencias que sean producto de su trabajo. Se abstendrán de ejecutar actos que tengan como propósito inducir decisiones apartadas de los procedimientos establecidos de selección y contratación de servicios de consultoría, así como acciones que les signifiquen obtener ventajas indebidas. Las
Empresas de Ingeniería asociadas propenderán al apoyo mutuo, complementando conocimiento y habilidades para mejorar y o ampliar los servicios ofrecidos a los clientes.
Honestidad de Juicio
La honestidad de juicio se considera un valor esencial del negocio de la consultoría en ingeniería, y corresponde a un activo vital de esta industria, por lo que las Empresas de Ingeniería deben practicarla en todos sus ámbitos y con todos sus interlocutores, transformándose en un hábito, que consolide entre los clientes una fuerte confianza con las empresas socias de AIC.
Revisión Experta
Las Empresas de Ingeniería promueven la revisión experta con el objeto de garantizar la calidad de un estudio o proyecto. Dicha revisión debe ser ejecutada por especialistas de reconocida reputación en su campo y desarrollada con amplio respeto al ejecutor del trabajo, comunicando su intervención anticipadamente, permitiendo sus justificaciones y aclaraciones en forma previa a emitir opinión al cliente.
Las Empresas de Ingeniería no revisarán, modificarán o harán informes para terceros de proyectos realizados por otra empresa sin su conocimiento previo. Se exceptúan los casos de trabajos que han sido aprobados por el cliente y que son entregados como antecedentes o aquellos en que la Empresa de Ingeniería debe seguir en fases sucesivas del desarrollo de un proyecto, asumiendo la responsabilidad por todos los trabajos. En cualquier caso, frente a la detección de aparentes errores, incompatibilidades o diferencias relevantes que resulten de la revisión del trabajo de terceros, se propiciará la consulta a sus autores.
TITULO V
RESPONSABILIDAD LABORAL
Las Empresas de Ingeniería siempre deben considerar que el capital humano es su patrimonio más relevante, por tanto deben hacer esfuerzos y adoptar compromisos asociados al desarrollo integral de sus empleados. La relación laboral debe corresponder a un trato justo, que proteja los legítimos derechos de los trabajadores de sus empresas, en un ambiente de alta competitividad y productividad que permita un adecuado acceso a la información, capacitación y espacios para creatividad y mejoramiento.
Las Empresas de Ingeniería deben privilegiar que sus empleados tengan un sentido de pertenencia a su organización, basado en un trato respetuoso, remuneraciones adecuadas y estabilidad para el personal clave, con el objeto de garantizar la continuidad de los servicios.
Reciprocidad
La AIC hace presente su compromiso con fortalecer el desempeño ético de sus asociados, esperando impere un principio de reciprocidad y correspondencia de parte de los clientes.
Reglamentos y Procedimientos
La AIC podrá dictar los Reglamentos y Procedimientos que especifiquen la aplicación del presente Código de Conducta.